Fue vetada la ordenanza para contratación de transporte para traslado de estudiantes y trabajadores

La Ordenanza busca dar respuesta a quienes estudian o trabajan en Armstrong y ven dificultado su traslado diario por la falta de servicios y los altos costos que implican su movilización

 

Redacción En el Recinto. El Departamento Ejecutivo vetó una ordenanza aprobada el pasado 13 de junio que fuera presentada por el bloque Frente La Básica que autorizaba la contratación de un medio de transporte habilitado, con frecuencia diaria desde Cañada de Gómez – Armstrong y viceversa para que los estudiantes y los trabajadores retornen a su ámbito ya sea de estudio o de trabajo, al argumentar que no es potestad del Concejo las cuestiones de transporte de pasajeros, la determinación de contratos y que se entraría en desequilibrio el presupuesto si se hace lugar a la aplicación de la ordenanza.

La Subsecretaria Legal y Técnica del Municipio fundamentó el veto de la Ordenanza señalando que el proyecto contiene tres aspectos que corresponden resaltar: “una obligación formal no prevista en las atribuciones legales del Concejo Deliberante (garantizar un servicio de traslado de pasajeros), una incompetencia manifiesta del Concejo Municipal (al obligar al Municipio a contratar un transporte permanente), y  un desequilibrio presupuestario sobre gastos e ingresos de la Administración Municipal”. 

“Tal como ya se expidió el Departamento Ejecutivo en otros proyectos de Ordenanzas, reconocerle al Concejo Deliberante iniciativas para disponer por sí de modificaciones cuantitativas de la Ordenanza de Presupuesto, generaría un considerable desnivel en el equilibrio institucional que debe primar en el vínculo entre el Departamento Ejecutivo y el Órgano Deliberativo, quien se autoconfirió atribuciones excesivas sobre una materia que no le compete”, explican en el informe.

Es por ello que el Concejo Deliberante carece de atribuciones para imponer una contratación de un servicio de transporte de pasajeros interurbano (en clara incompetencia material), quedando el Departamento Ejecutivo Municipal facultado según su propio criterio y disponibilidad presupuestaria, establecer cuándo y cómo, a través de las secretarias pertinentes, se puede o no subsidiar el traslado de estudiantes y trabajadores”, culmina el texto argumentativo.

 

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