La iniciativa pasó a comisión a pedido de su autor quien solicitó incorporarla al cuarto intermedio
Redacción En el Recinto. El martes, los ediles deberán dictaminar el proyecto que presentó el concejal Matías Chale, en función de la escasa información vertida por el Ejecutivo en el marco de la transición de gobierno que ya se consumió en un 50 por ciento.
El período de transición de las autoridades políticas en el ámbito de Departamento Ejecutivo Municipal comprende todas aquellas acciones que resulten necesarias para facilitar el cambio de la administración, particularmente el suministro a las autoridades electas de toda la información sobre el estado de situación del gobierno municipal.
El objetivo del proyecto presentado por el bloque Unidos para Cambiar Santa Fe establece parámetros claros y precisos regulando el período de transición de autoridades políticas. La autoridad de aplicación de esta Ordenanza es la Secretaría de Gobierno, o la que en el futuro la remplace.
El período de transición se inicia el día de proclamación del Intendente Municipal electo, conforme lo previsto en el artículo 103 de la ley Provincial N 2.756 – Orgánica de Municipalidades y sus modificaciones, y finaliza el día de asunción del nuevo Intendente Municipal.
Se dispondrá la conformación de una Mesa de transición del gobierno saliente y del gobierno electo, con reuniones periódicas. Estará compuesto por un máximo de diez miembros, cinco miembros designados por el Intendente en funciones y cinco miembros designados por el Intendente electo. La misma será coordinada por el secretario de Gobierno en funciones. se realizará un primer encuentro entre las autoridades salientes y electas, que tendrá lugar dentro de los diez días hábiles posteriores a la proclamación de las autoridades electas.
El proyecto establece que la mesa designada tendrá como responsabilidad Coordinar las acciones de transición; Convocar a los representantes del gobierno municipal saliente y del gobierno municipal electo a las reuniones necesarias para facilitar la transición; Coordinar un cronograma de entrevistas y reuniones en cada una de las Áreas del Municipio con el personal afectada a cada una de ellas; y Velar por el cumplimiento de todos los actos simbólicos de entrega de mando de conformidad con los usos, costumbres y protocolos vigentes.
El Secretario de Gobierno y los demás Secretarios harán entrega al Intendente Municipal electo de una memoria detallada del Estado de la Municipalidad en lo relativo a cada área de Gestión. La misma deberá contener: Organigrama y nómina de autoridades y personal de la planta permanente y no permanente u otra modalidad de contratación, incluyendo consultores, pasantes y personal contratado, detallando sus respectivas funciones y posición en el escalafón. Estado de ejecución del presupuesto, situación económica y financiera de la administración central, de los organismos descentralizados, secretarías, instituciones, empresas y entes. Informes de la Contaduría y auditorías realizadas. Inventario actualizado. La situación de todos los procesos judiciales, extrajudiciales y administrativos en los que el Estado Municipal sea parte actora y/o demandada. Las contrataciones públicas, licitaciones, concursos, obras públicas, adquisiciones, de bienes y servicios, que están en curso o pendientes, especificando objetivos, características y montos. Las normas propias del Organismo vigentes al momento de la transición. Los permisos, concesiones, y autorizaciones otorgadas, y sus titulares. Y la descripción de los servicios que el organismo brinda directamente al público.
Desde la fecha del escrutinio definitivo de las elecciones generales hasta la asunción de autoridades se suspenderá el ingreso de personal a la planta permanente, las promociones y recategorizaciones. Los concursos para cubrir vacantes se postergarán al ejercicio siguiente. Las designaciones de planta no permanente serán por un período que no exceda el 31 de diciembre, salvo casos de necesidad y/o urgencia con aprobación del Concejo Municipal.
Toda compra, contratación de obras y/o servicios que implique pagos posteriores al 10 de diciembre deberá tener la aprobación del Concejo Municipal más allá de cumplir con los procesos de contrataciones establecidas en las ordenanzas y/o leyes vigentes.
Dentro de los seis meses de haber asumido el Gobierno Municipal, el secretario de Gobierno municipal enviará al Concejo Municipal y publicará digitalmente en internet en la página del Municipio un Informe Final del proceso de transición que contemple la información recibida del Gobierno Municipal anterior al momento del traspaso de mando y los desvíos constatados.