Prensa En el Recinto. El nuevo texto de la Constitución Santafesina de 2025, dispuso cambios en duración de mandatos, posibilidad de reelecciones, incorporó el voto joven entre otras innovaciones. ¿Por qué no se incluyó el balotaje o segunda vuelta, como prevé la Constitución Nacional y la de otras provincias como Corrientes, Chaco, Tierra del Fuego o CABA? ¿Qué alcance podría haber tenido esa medida?
El balotaje, palabra que castellaniza el término francés ¨ballottage¨, hace referencia a una segunda vuelta electoral, entre los dos candidatos más votados en una elección, cuando ninguno de los dos ha alcanzado un umbral minino de votos, requeridos para poder llegar directamente a un cargo público, como puede ser la Presidencia de la Nación o una gobernación.
¿Cuál es la función o propósito de la segunda vuelta electoral?, fundamentalmente otorgar representatividad y legitimidad democrática a quien va a ejercer una magistratura, en virtud de la importancia que tiene ser titular de un Poder Ejecutivo.
El balotaje en Argentina
El balotaje en Argentina, o segunda vuelta electoral, fue incluido en el sistema electoral argentino en dos ocasiones: por el gobierno militar que gobernaba en 1972 y en la reforma constitucional de 1994.
En una aberración jurídico institucional más de nuestra historia donde, por decreto se deroga o se pone en vigencia una Constitución, el gobierno de facto de la época, emitió un decreto en 1972, reformando el art. 91 del texto constitucional, a su vez impuesto por la dictadura autodenominada Revolución Libertadora en 1957, a fin de establecer el voto directo por mayoría absoluta de los votantes, para presidente y vicepresidente, y la segunda vuelta electoral.
Por su parte en la convención para la reforma constitucional de 1994, con los arts. 94 a 98, se incluyó el balotaje, denominado «segunda vuelta electoral», para la elección presidencial exclusivamente, que establece que, para ser presidente, el candidato más votado debe obtener al menos el 45% de los votos afirmativos, o más del 40% con una diferencia de diez puntos porcentuales con el segundo candidato más votado. Si no se cumple con este requisito, se debe realizar una segunda vuelta o balotaje, entre los dos candidatos más votados. Resultará elegido presidente el más votado de los dos, con una mayoría que asegura la legitimidad política.
Casos de balotaje presidenciales en Argentina
El balotaje comenzó a regir en 1994, habiendo sido innecesario en la elección presidencial de 1995, como en la de 1999 ya que Menem y De la Rúa, superaron respectivamente el porcentaje requerido. Pero en la elección de 2003 el candidato más votado fue nuevamente Carlos Menem, con 24,45%, segundo Néstor Kirchner con el 22,24%. Pero el que iba a ser el primer balotaje presidencial argentino se vio frustrado, ya que Menem, quien presagiaba una derrota aplastante, decide renunciar y se produjo la proclamación automática de Kirchner como presidente de la Nación.
Nuevamente se presenta la necesidad de llevar adelante una segunda vuelta en 2015, ya que Daniel Scioli gana, pero obtiene el 37,08% de los votos en tanto que Mauricio Macri logró el segundo lugar con el 34,15% Se llevó a cabo el primer balotaje de nuestro país en una elección presidencial, donde triunfo Macri con el 51,34% de los votos, contra el 48,66% de Scioli.
Finalmente, y más reciente, en las elecciones de 2023, el candidato más votado fue Sergio Massa con 36,68% de los votos, seguido por Javier Milei con el 29,98% de los votos, y es historia conocida y reciente, el balotaje favoreció al actual presidente que se alzó con más del 56 % de los sufragios.
Para qué sirve el balotaje
La segunda vuelta fue establecida por primera vez en Francia en 1832, ¨cuando ninguno de los candidatos reúna la mayoría absoluta de los sufragios¨, o sea más del 50 % de los votos. Hoy rige en numerosos países del mundo, con distintas variantes y porcentajes, y apunta a otorgar al gobernante mayor representatividad, y mayor legitimidad. Evita que un candidato de una simple mayoría, gobierne sin la legitimidad que daría el apoyo y el consenso de la mayoría de la ciudadanía
Por ejemplo, un gobernante que ganando con un porcentaje del 35 %, legalmente puede acceder a la primera magistratura, lo que significaría que ¨el 65 % de los electores no lo han elegido¨, o sea que 2 de cada 3 ciudadanos, no lo apoya, lo que implica que la amplia mayoría, no está de acuerdo que sea su gobernante.
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Por Guillermo Virgili. Licenciado en Ciencias Políticas, docente, concejal mandato cumplido periodo 2003 a 2015 y presidente de Concejo Municipal del 2005 al 2007 y del 2009 al 2013




























