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Reforma electoral en Santa Fe: que cambios se incorporaron en nuestra provincia

Con la reforma constitucional de 2025 y la reciente ley electoral, quedó consagrado en Santa Fe el sistema electoral de tipo proporcional y la participación de la ciudadanía en las PASO, primarias que sirven para decidir quiénes serán los candidatos a los cargos en los distintos partidos políticos. Hay reelección del Ejecutivo, y la Legislatura gana en representatividad

 

PASO si ó PASO no, esa es la cuestión

Como dijimos en nuestra nota anterior, el régimen electoral en una democracia, comprende una serie de normas que regulan los procedimientos y la forma en que se traducen los votos que emiten los ciudadanos, en representación política en los distintos cargos y cuerpos colegiados de la estructura institucional del Estado. No es una cuestión de segundo orden.

Que un régimen electoral tenga uno u otra forma, pueden influir fuertemente en la vida política y en la democracia, y si a nivel nacional se discute la conveniente de derogar o no las PASO –Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias-, no es menor. En primer lugar, en los Estados Unidos, país tan simpático para muchos argentinos, las primarias, existen hace tiempo y la democracia interna dentro de los partidos mayoritarios, son históricas, amplias, con distintas formas participativas. Es paradójico que, quienes, desde partidos políticos locales admiradores de la política norteamericana, sean justamente quienes rechacen y quieran derogar las Primarias, toda una institución histórica en el país del presidente Trump y compañía. En tan sentido, y como excede a esta nota, invito a investigar en la IA que son los ¨caucus¨ norteamericanos.

Que haya o no haya las PASO, no es lo mismo. No se pueden esgrimir cuestiones presupuestarias para derogarlas, ya que la democracia no es un costo, es una inversión. Las PASO, fueron una conquista democrática que se logró a mediados de la década pasada y significó que los candidatos que presentan los partidos políticos en las elecciones, no salgan de una oligarquía de dirigentes partidarios que monopolizan el poder dentro del partido, sino que la ciudadanía elija al que considera más apropiado, por el voto popular. Otra alternativa fue la elección por los ¨ afiliados¨ a los partidos, colectividad hoy tan manipulable como indefinida. Se pueden mejorar o modernizar las PASO, pero derogarlas, es un gran retroceso para la calidad democrática del país. Con criterio sensato, en Santa Fe, han quedado vigentes.

Como vimos en la nota anterior, en Santa fe las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias –PASO-, para elección de candidatos de los distintos partidos políticos, que los habilitarán para participar de las elecciones generales, tendrán 5 boletas una por cada categoría de candidatos: Gobernador y Vicegobernador, Diputados provinciales, Senador Provincial, Intendente Municipal y Concejales, y la novedad son las internas múltiples para Vicegobernador, ya que podrán presentarse un candidato a gobernador con distintos candidatos a vice, cuyas boletas con distintas fórmulas competirán entre sí, aunque no se acumularán los votos de las distintas listas, tal como era en la antigua ley de lemas, que rigiera en nuestra provincia hasta 2003.

Sistema proporcional o sistema mayoritario

Con la Reforma Constitucional de 2025, se eliminó la representación automática de 28 diputados para la primera minoría, y 22 diputados en forma proporcional para los restantes partidos políticos. Ahora las 50 bancas de diputados provinciales se repartirán en forma proporcional, por el sistema D’Hont, procedimiento que expresa más fielmente la cantidad de votos emitidos en la distribución de cargos.

Este sistema fue creado por el jurista belga Victor D´Hont en 1878, que instituyó un sistema de representación proporcional para asignar los escaños o bancas a las listas de manera proporcional al número de votos recibidos. Este sistema es el que ahora rige para distribuir los cargos en la Legislatura Santafesina, específicamente en la Cámara de Diputados.

El sistema que existía anteriormente, dispuesto en la Constitución de 1962, era una especie de sistema mayoritario, que buscaba asegurar mayoría absoluta al ganador de la elección, con el fin de dar gobernabilidad al sistema, y afianzar el bipartidismo. Obviamente castiga a las terceras fuerzas, y no representan fielmente la voluntad popular. Rigió algo similar en nuestro país, antes y durante la sanción de la Ley Sáenz Peña en 1912, donde el partido ganador se llevaba 2/3 de las bancas de diputados, sea cual fuera cantidad de votos que sacara.

En un ejemplo de una hipotética elección, antes y ahora, para distribuir las bancas de diputados provinciales sería el siguiente:

Las conclusiones más evidentes son:

  • El partido ganador o mayoritario –o sea el del gobernador electo-, no se asegura mayoría absoluta (25 bancas) para aprobar leyes
  • Se amplía la participación de los partidos minoritarios en la Legislatura
  • La distribución de bancas se hará entre las listas de candidatos que hayan obtenido más del 4 % de adhesión popular, del total de inscriptos en el padrón provincial.

Para ampliar y profundizar sobre estos temas, sus efectos e implicancias, nos vemos en la próxima nota. Abrazo a todos.

 

Por Guillermo Virgili. Licenciado y Docente en Ciencia Política – UNR

Tags: Destacada, Provincial

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